COMO OPERA EL TRASLADO DE UN REGIMEN A OTRO?
Actualmente, la edad para acceder a una pensión de vejez es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres; por lo tanto, el cambio de régimen pueden hacerlo las mujeres antes de cumplir 47 años de edad y los hombres antes de cumplir52 años.
El traslado de fondo de pensiones o cambio de régimen de pensión es una opción con la que cuenta el cotizante para modificar el modo en el que se encuentra afiliado al sistema pensional por algún motivo que responda a sus necesidades actuales o porque simplemente le conviene más uno que otro.
El afiliado debe cumplir la edad de 57 años mujeres o 62 años hombres y tenercotizadas como mínimo 1.150 semanas al Sistema General de Pensiones. En este evento, el valor de la mesada pensional será igual a 1 SMMLV.
Cambiar de régimen pensional puede determinar si logrará o no obtener una pensión, por ello es importante contar con la información suficiente y veraz que le permita tomar la mejor decisión.
A partir de ahora, antes de trasladarse a otro régimen pensional es obligatorio que el afiliado reciba la doble asesoría, un mecanismo que le permite conocer de manera especializada y personalizada cuáles son los beneficios, inconvenientes y efectos que tendrá este cambio para su futuro pensional.
“Es fundamental que la asesoría sea especializada y personalizada, no sirve mandar a otra persona a que le haga este trámite, es necesario que el trabajador pregunte y resuelva todas las dudas que tenga”, señala Juliana Lagos, directora de Investigación y Desarrollo de la Superintendencia Financiera.
La doble asesoría tiene como propósito mostrar al afiliado cuál es el panorama de su futuro pensional desde cada régimen, ya sea el de prima media que maneja Colpensiones o el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) que administran los fondos privados (Porvenir, Protección, Colfondos y Old Mutual).
Lo que se busca es que la determinación de cambiar del régimen se realice de manera informada y conociendo qué es lo que más le conviene de acuerdo con su historia laboral.
Cada administradora, tanto los fondos privados (AFP)como la administradora de pensiones del Estado (Colpensiones), entregará únicamente la información correspondiente a su propio régimen y el afiliado ya no podrá trasladarse hasta tanto no reciba la asesoría por parte de las dos administradoras.
Un estudio realizado por el Ministerio de Hacienda y el DNP estimó que solo entre 5% y 20% de la población que se pasó al Régimen de Prima Media en 2013 habría tomando “decisiones óptimas”.
Esto lo que indica es que en muchos casos el trabajador toma la determinación de trasladarse teniendo en cuenta aspectos que no necesariamente son los adecuados para cada caso.
“La doble asesoría fue pensada para que el ciudadano decida a conciencia, porque no es solo hacer un traslado, es cotizar más, saber que le falta; es hacer las cosas con tiempo y no esperar hasta que le falte uno o dos años para pensionarse”, asegura el presidente de Colpensiones Mauricio Olivera.
Destacó que desde el inicio de Colpensiones a la fecha se han trasladado de las AFP a la entidad, más de 480.000 personas. A cierre de agosto de 2016 hubo más de 95.000 mil traslados (unas 400 personas diariamente); lo que significa que la entidad ha recibido cerca de $4.5 billones por este concepto.
Aporte realizado por:
ELIANA FERNANDA VARGAS RODRIGUEZ
PROFESIONAL EN LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
CÓDIGO ESTUDIANTIL:1611980744
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